Estamos ante una cobertura que también puede pasar desapercibida pero que hay que conocer, ya que el hecho se puede producir y habrá que utilizarla.
Es una cobertura del seguro de oficinas que todos los seguros tienen ya incluida.
Mediante esta garantía quedan asegurados los siguientes riesgos:
Los daños materiales y directos producidos en los bienes asegurados como consecuencia de actos de vandalismo o malintencionados cometidos individual o colectivamente por personas distintas al Asegurado o de quienes legalmente deba responder.
También quedan comprendidas las acciones tumultuarias producidas en el curso de reuniones y manifestaciones efectuadas conforme a lo dispuesto en la legislación vigente, y las Huelgas Legales, salvo que las citadas actuaciones tuvieran el carácter de tumulto popular, sabotaje y terrorismo.
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