miércoles, 21 de julio de 2010

Daños a ordenadores

En una oficina una gran parte del contenido dson ordenadores y aparatos electrónicos. Los daños a estos bienes deben quedar cubiertos en la póliza de seguro con capital suficiente para que no tengamos un gasto importante de reposición en caso de accidente.

Con esta cobertura, La Compañía garantiza la reparación o reposición de los ordenadores, directamente utilizadas para el desarrollo del negocio asegurado que resulten inservibles por sufrir un daño físico accidental, súbito e imprevisto a consecuencia de (orientativo):

- Impericia o negligencia del Asegurado o del personal a su servicio.

- Efectos de la energía eléctrica, tales como cortocircuitos, sobre-tensión, falta de aislamiento, arcos voltaicos, fenómenos electromagnéticos y otros efectos similares.

- Caída de objetos e introducción de cuerpos extraños en los bienes asegurados.

En este tipo de siniestros las compañías de seguros de oficina enviarán un perito que revisará los daños y aparatos. Podrá exigir factura de los mismos. comprobará el hecho accidental y también el buen estado de mantenimiento de los ordenadores.

Podrá, la Compañía, aplicar devaluación por uso o antigüedad y también aplicar franquicia en caso de existir especificada en el seguro. Aún con esa aplicación, se tendrá la tranquilidad de no hacer frente a un gasto importante en estos aparatos electrónicos.

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